El juzgado de lo penal 17 de Barcelona ha absuelto a los seis militantes de Arran que juzgó acusados de presuntos desórdenes públicos, violación de local y daños durante una protesta en la sede del PP de Barcelona en el 2017. En su sentencia, el magistrado Josep Tomàs Salàs concluye que la irrupción en el local del partido debe quedar amparada por el derecho de reunión y manifestación de los activistas.
El juez considera que el ejercicio de derechos fundamentales en las protestas "no es neutro" y, en consecuencia, pueden surgir "inconvenientes y molestias a los afectados", en este caso trabajadores y militantes del PP de Barcelona. Además, señala que la protesta no tuvo la "permanencia en el tiempo" ni la gravedad necesaria para suponer una alteración de la paz pública castigada por el delito de desórdenes públicos.
“Si bien se produjo una invasión de la sede del PP, lo cierto es que los hechos discurren en un lapso de unos 15-20 minutos y no se perturbó de forma relevante la paz pública”, remarca. Los manifestantes, según el juez, ejercían sus derechos de reunión y manifestación "precisamente contra la actuación de un rival político".
Finalmente, el titular de lo penal 17 de Barcelona recuerda que "cualquier ciudadano mínimamente informado conoce la distancia ideológica" entre Arran y el PP, pero que más allá de estos mimbres "ni se produjeron violencias ni altercados significativos entre personas".