El TSJC ha dictaminado la "suspensión cautelar" de la ejecución del Reglamento de Uso de la Lengua Catalana en el Ayuntamiento de Barcelona. También ha suspendido varios artículos de la Diputación de Lleida que regulaban el uso del aranés, a la espera de la resolución del recurso que presentó Convivencia Cívica Catalana.
El auto forma parte del proceso iniciado por el grupo municipal del PP, que llevó la norma a los juzgados al ser aprobada en diciembre pasado, alegando que el castellano quedaba discriminado y reclamando que el reglamento incluyera esta lengua en todas las recomendaciones donde aparecía el catalán como única lengua o como idioma preferente en el Ayuntamiento de Barcelona.
La decisión judicial justifica la medida diciendo que, dado los antecedentes en sentencias contra otras leyes que "se impone directamente el uso preferente de la lengua catalana sobre la cooficialidad de la castellana", se suspenderán algunos artículos.
Uno de los magistrados, Alberto Andrés, ha presentado un voto particular al considerar que la adopción de estas medidas cautelares no se sustentan en el precepto legal e indica que el hecho de que se impugnen un número considerable de preceptos de ambos reglamentos exigirá un análisis más detallado de cada uno de ellos.