La sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha condenado este viernes a Òmnium Cultural a pagar una multa de 200.000 euros por la ‘gigaenquesta’ que la entidad independentista realizó los meses previos a la consulta del 9-N.
De este modo, el tribunal confirma la sanción impuesta por la Agencia de Protección de Datos y rechaza el recurso presentando por Òmnium. La Audiencia Nacional considera probado que trataron “datos personales de ideología” que requieren un consentimiento de su titular para ser tratadas.
La sala contencioso administrativa considera que la gigaenquesta tenía una intención ideológica, porque “se podía conocer si el encuestado apoyaba el proceso independentista” y, añade la sentencia, “no era posible contestarla, al menos en su integridad, si no estaba a favor de la independencia de Catalunya”.
Los jueces señalan que la encuesta se hizo por correo postal y con 30.000 voluntarios que “rellenaban los formularios de aquellos ciudadanos que así lo deseaban”. “Si los encuestados no abrían la puerta o no querían o no podían responder pero se apreciaba receptividad, se preveía la posibilidad de entregar el folleto o depositarlo en el marco de la puerta para que los encuestados lo remitieran por correo”, explican.
La gigaenquesta se llevó a cabo en tres millones de domicilios entre los meses de octubre y noviembre de 2014, en el marco de la campaña ‘Ahora es la hora’. La encuesta formulaba seis preguntas sobre la independencia, la última de las cuales se interesaba directamente sobre la intención de voto el 9-N.