La sección quinta de la Audiencia de Barcelona considera desproporcionadas las cargas policiales de la jornada del 1 de octubre en Sant Joan de Vilatorrada (Bages) y considera que los mandos policiales "deberían haber valorado" que era "altamente probable" lesionar a las personas.
La resolución señala que en la operación policial del instituto de Sant Joan de Vilatorrada "se produjo un exceso en la actuación policial con el resultado de lesiones que seguramente no se hubieran producido de actuar de otra manera". La Audiencia cree que los "excesos policiales" que se llevaron a cabo consistieron en "uso de porras o defensas golpeando a ciudadanos sin intervenir agresión física previa y sin finalidad aparente".
Los magistrados admiten que los agentes seguían instrucciones del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que había ordenado impedir las votaciones ilegales, pero recuerdan que debía llevarse a cabo "sin alterar la convivencia ciudadana".
El tribunal afirma que la Guardia Civil no actuó de manera proporcionada para confiscar las urnas, ya que el referéndum no tenía efectos jurídicos. Por ello, recalcan que continuar con la votación en el centro asaltado por orden judicial "no hubiera tenido las consecuencias jurídicas pretendidas por los organizadores por ser antijurídica de acuerdo con el ordenamiento jurídico constitucional español, lo que por supuesto era sabido por la fuerza actuante. Hay que notar que en otros lugares de Catalunya no hubo actuaciones policiales, las votaciones se realizaron y se suministraron resultados sin consecuencia jurídica".
Admite así a trámite un recurso de la fiscalía y de varios heridos de Sant Joan de Vilatorrada que había desestimado un juzgado de primera instancia, y pide que se investigue a los agentes que participaron. El auto ha contado con un voto particular que discrepa de la valoración de los otros dos magistrados.